Carta de Intención

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Carta de Intención

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Buying or selling
Leasing
Entering into a partnership
Other

Utilice una Carta de Intención para concretar los aspectos clave de una operación de compraventa y documentar por escrito la voluntad de las partes en negociar de buena fe con el objetivo de formalizar ese acuerdo.



Su Carta de Intención

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Carta de Intención

La presente carta de intención es firmada en ________________________________ en fecha 10 diciembre 2024. De aquí en adelante será referenciada como "Carta de Intención".

ENTRE

__________________________________________, con número de credencial para votar (INE) ________________________, actuando en su propio nombre y derecho

(el "Comprador")

- Y -

__________________________________________, con número de credencial para votar (INE) ________________________, actuando en su propio nombre y derecho

(el "Vendedor")

De aquí en adelante todas las partes involucradas en esta Carta de Intención serán consideradas conjuntamente como las "Partes".

DECLARACIONES

I. El Vendedor es el legítimo titular del inmueble que será detallado a lo largo de la presente Carta de Intención.

II. El Vendedor está interesado en vender dicho inmueble al Comprador, el cual reafirma su deseo de proceder a su compra, de conformidad con los términos indicados en esta Carta de Intención.

III. En virtud de lo anterior, y como muestra de su buena fe y en aras de que las negociaciones entre las mismas lleguen a buen puerto, las Partes, reconociéndose capacidad legal suficiente para contratar y obligarse, deciden suscribir esta Carta de Intención, la cual se regirá de conformidad con lo indicado en las siguientes:

CLÁUSULAS

  1. OBJETO
  2. Esta Carta de Intención tiene como objeto fijar las bases de una negociación que persigue la suscripción de un futuro contrato de compraventa de inmueble.
  3. A efecto de lo anterior, las Partes se comprometen a negociar de buena fe y realizar todas las acciones necesarias para facilitar la ejecución satisfactoria del futuro contrato.
  4. CARÁCTER NO VINCULANTE
  5. Salvo que las Partes expresamente acuerden lo contrario, esta Carta de Intención no tendrá carácter vinculante ni podrá ser legalmente exigible por ninguna de las Partes. La misma es suscrita a los meros efectos de establecer las bases de la futura negociación, y como muestra de su intención y buena fe de que dicho futuro contrato cristalice, el cual sí será vinculante y plenamente exigible para las Partes. Los términos y condiciones de dicho futuro contrato prevalecerán en relación con lo acordado en esta Carta de Intención. Las Partes estarán habilitadas para poder negociar con terceros respecto al objeto de esta Carta de Intención, sin que ello implique ningún tipo de incumplimiento de contrato ni similar.
  6. INMUEBLE OBJETO DE LA COMPRAVENTA
  7. El inmueble objeto de la compraventa será el indicado a continuación:
    1. Tipo de inmueble: local comercial.
    2. Descripción:     .
    3. Dirección: _______________________________________________________________

    De aquí en adelante será referenciado como el "Inmueble".

  8. GRAVÁMENES SOBRE EL INMUEBLE
  9. El Vendedor declara y garantiza que no existen gravámenes actualmente sobre el Inmueble, y que el mismo será vendido libre de gravámenes y al corriente de pago en toda clase de impuestos, contribuciones, tasas municipales y otros gastos que resultaran de aplicación. El Vendedor se hace plenamente responsable de la veracidad de dicha declaración, y asumirá todas las responsabilidades y consecuencias legales que pudieran derivarse en caso de ser inexacta.
  10. En relación con el Impuesto Predial, el mismo tendrá lugar atendiendo a la titularidad del Inmueble, de modo que todo recibo previo a la formalización de la compraventa del Inmueble deberá ser pagado por el Vendedor, mientras que aquellos devengados a partir de dicha fecha, deberán ser pagados por el Comprador.
  11. El Vendedor declara y garantiza que el Inmueble se encuentra libre de vicios o defectos ocultos que pudieran hacerlo impropio para el uso al que está destinado, o que disminuyan de tal manera ese uso que, de haberlos conocido, el Comprador no habría adquirido el Inmueble o habría pagado un precio menor por el mismo. A efecto de lo anterior, el Vendedor garantizará el saneamiento en caso de evicción de conformidad con lo expuesto en los artículos 2119 y siguientes del Código Civil Federal Mexicano y sus homólogos estatales.
  12. FECHA LÍMITE DE LA FUTURA COMPRAVENTA
  13. De común acuerdo y demostrando su buena fe y compromiso para formalizar el futuro contrato de compraventa, las Partes han decidido establecer una fecha para la firma del mismo, quedando la misma fijada el 10 diciembre 2024. Tras la señalada fecha, esta Carta de Intenciones se dará por terminada y dejará de desprender efectos legales. No obstante lo anterior, las Partes podrán, de mutuo acuerdo y por escrito, si las circunstancias así lo demandan, modificar dicha fecha, ya sea ampliando el plazo o reduciéndolo.
  14. PRECIO DE LA FUTURA COMPRAVENTA
  15. Las Partes acuerdan inicialmente que el precio a pagar por el citado Inmueble será de $________MXN. Sin embargo, ambas Partes reconocen que este precio podrá ser ajustado de común acuerdo, según las circunstancias específicas del caso en cuestión. El precio definitivo será estipulado en el contrato final.
    El resto de este documento estará disponible cuando haya adquirido una licencia.

Última actualización 4 de septiembre de 2024

¿Qué es una Carta de Intención?

Una Carta de Intención es un documento que expresa el interés y la intención de dos o más partes en cerrar un futuro acuerdo y suscribir un futuro contrato.  

Generalmente, una Carta de Intención incluye los términos y condiciones básicos relativos a la negociación, tales como la finalidad u objetivo de firmar esta carta, o, condiciones preliminares, aspectos financieros básicos, roles y responsabilidades esperados, obligaciones de las partes, así como un marco temporal para las negociaciones. 

Su propósito principal es facilitar el inicio de las negociaciones al establecer las bases y directrices que regirán las mismas. Este documento permite a las partes expresar su voluntad y compromiso preliminar de explorar la viabilidad y condiciones de un acuerdo futuro, fomentando así una negociación de buena fe. En México, es comúnmente utilizado en ámbitos empresariales y comerciales.

Una Carta de Intención también se conoce como:

  • Carta de intenciones
  • Carta de compromiso
  • Acuerdo de intención de compra
  • Carta de intención de venta
  • Memorándum de acuerdo
  • Memorándum de entendimiento

¿Para qué tipos de negociaciones se podría utilizar una Carta de Intención?

Una Carta de Intenciónn es un documento preliminar que expresa la intención de dos o más partes de formalizar un acuerdo en el futuro. Puede utilizarse en una variedad de negociaciones, entre las cuales se incluyen:

  1. Contratos de compraventa: Para definir las bases para la negociación de un Contrato de Compraventa como la compra de un vehículo, equipamiento u otros bienes muebles.
  2. Prestación de un futuro servicio: Para definir los términos y condiciones esenciales de un Contrato de Prestación de Servicios que el proveedor prestará a un cliente.
  3. Arrendamiento de propiedades: Para acordar los términos iniciales del arrendamiento de una propiedad residencial o comercial, antes de la firma del Contrato de Arrendamiento de Casa Habitación formal.
  4. Compra de empresa y fusiones: Para detallar los términos preliminares de la compra de una empresa o la fusión de dos empresas.
  5. Joint ventures y asociaciones estratégicas: Para establecer los fundamentos de una colaboración entre dos o más empresas con el fin de desarrollar proyectos conjuntos.
  6. Inversiones de capital: Para definir las condiciones de una inversión significativa en una empres, por ejemplo, la compra de participaciones o acciones en un negocio.
  7. Otros tipos de contratos: Acuerdos de licencia, proyectos de desarrollo inmobiliario, entre otros.

La Carta de Intención ayuda a las partes a estar de acuerdo en los términos principales antes de la redacción de los documentos legales definitivos, proporcionando una base sólida para la negociación y el entendimiento mutuo.

¿Qué tipos de Carta de Intención existen?

La Carta de Intención es un documento comúnmente utilizado para establecer las bases mínimas de una negociación o proyecto antes de su inicio. Puede ser clasificada de varias maneras según su carácter vinculante y el acuerdo entre las partes.

Tipos de Carta de Intención según su carácter vinculante

  1. Vinculante: Las partes están legalmente obligadas a cumplir con los términos y condiciones establecidos en el documento. .
  2. No vinculante: No impone obligaciones legales estrictas a las partes. Es más bien una declaración de intenciones y deseos, sin comprometer a las partes a cumplir con los términos especificados.

En una Carta de Intención vinculante se puede exigir el cumplimiento de las condiciones establecidas en el documento y su incumplimiento puede acarrear consecuencias legales. Por otro lado, la Carta de Intención no vinculante, al no imponer obligaciones, funciona más como un marco introductorio para formalizar un acuerdo o contrato futuro.

Nuestra Carta de Intención puede ser vinculante o no vinculante, dependiendo de lo que las partes pacten y es bilateral, quiere decir, podrá añadir las partes involucradas en la negociación. 

¿Quién puede firmar una Carta de Intención?

En México, la firma de una Carta de Intención generalmente depende del tipo de negociación y de las partes involucradas. Las personas o entidades que pueden firmar una Carta de Intención incluyen:

  1. Representantes Legales de Empresas: como directores generales, gerentes, o apoderados legales. están habilitados para firmar en nombre de la entidad que representan.
  2. Socios o Propietarios: En sociedades o empresas con varios socios, cualquier socio con autoridad puede firmar la Carta de Intención. En el caso de empresas unipersonales, el propietario también puede firmar la carta.
  3. Representantes de Entidades Jurídicas: como abogados o consultores. En ocasiones, estos actúan en nombre de sus clientes pueden firmar una Carta de Intención, siempre y cuando tengan una autorización expresa.
  4. Particulares: En negociaciones entre individuos, cada persona directamente involucrada en el acuerdo puede firmar la carta.

Es importante asegurarse de que las personas que firman la Carta de Intención tengan suficiente poder de representación. La firma de una Carta de Intención generalmente muestra un fuerte compromiso preliminar de las partes para seguir adelante con las negociaciones en base a los términos establecidos en el documento. 

¿Cuánto dura una Carta de Intención?

En México, la duración de una Carta de Intención generalmente no está predefinida por la ley y puede variar dependiendo de lo que las partes acuerden. En muchos casos, una Carta de Intención incluirá una cláusula que especifica su vigencia, indicando una fecha de expiración o una condición específica que, al cumplirse, finalizará la validez de la carta.

Nuestro modelo ofrece estos posibles escenarios en cuánto a la duración:

  • Duración específica: "Esta Carta de Intención tendrá una vigencia de 90 días a partir de la fecha de su firma."
  • Hasta que las partes decidan: "Esta Carta de Intención permanecerá en vigor hasta que ambas partes decidan formalizar un acuerdo definitivo y firmen un futuro contrato o cuando decidan por mutuo acuerdo poner fin a las negociaciones."

Si no se especifica una duración en la Carta de Intención, se puede entender que su validez dependerá de la naturaleza del acuerdo y de la interpretación de las partes involucradas. Es recomendable incluir una cláusula de vigencia para evitar posibles malentendidos.

¿La Carta de Intención se firma ante notario público?

En México, no es obligatorio que una Carta de Intención se firme ante un notario público, a menos que las partes acuerden hacerlo para darle mayor formalidad o para que sirva como prueba en caso de disputas. La firma ante notario puede proporcionar mayor certeza jurídica, pero no es un requisito legal.

En cuanto a la normativa, no existe un artículo específico en el Código Civil Federal o en los códigos civiles de los estados que obligue a firmar una Carta de Intención ante notario. Sin embargo, es importante considerar las características y el propósito de la Carta de Intención, ya que si ésta implica compromisos significativos o acuerdos que eventualmente se formalizarán en contratos, podría ser recomendable su firma ante notario para asegurar su validez y efectividad.

¿Qué debe incluir la Carta de Intención?

Una Carta de Intención en México debe incluir varios elementos clave para asegurar que las partes involucradas entiendan claramente los términos y condiciones preliminares de un acuerdo. Aquí están los componentes esenciales que debe incluir:

  1. Fechas: Incluir la fecha de inicio y duración estimada de la negociación o proyecto.
  2. Partes involucradas: Nombres completos y detalles de las partes que están negociando el acuerdo.
  3. Objeto del acuerdo: Descripción detallada del proyecto, negocio, o transacción que se propone. Esto incluye el alcance del acuerdo y cualquier especificación importante.
  4. Términos y condiciones preliminares: Enumerar los términos básicos y las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo el acuerdo como el precio, plazos, entre otros.
  5. Intención de formalizar un contrato: Una declaración que indique que las partes tienen la intención de negociar de buena fe para formalizar un contrato definitivo en el futuro.
  6. Firmas: Firmas de los representantes autorizados de cada parte, así como sus cargos y la fecha de firma.
  7. Otras cláusulas y anexos (si aplica): Esto puede incluir cláusulas de confidencialidad, cláusulas de obligatoriedad o no (vinculante o no vinculante) o cualquier otro documento adicional que sea relevante para la intención del acuerdo.

Estos elementos proporcionan una estructura clara y comprensible para las negociaciones preliminares, ayudando a evitar malentendidos y proporcionando una base sólida para la redacción de un contrato definitivo en el futuro.

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