Con la nueva Ley de Vivienda se producirán cambios importantes tanto para propietarios como inquilinos. Nuestro contrato de Alquiler de LawDepot está actualizado con los nuevos requisitos introducidos por la nueva Ley de Vivienda 2023.
Entre los puntos clave que podremos encontrar con la aplicación de la nueva ley de vivienda están:
- Ampliación de las zonas tensionadas
- Grandes tenedores: nueva definición
- Límite de la actualización anual del alquiler eliminando el IPC
- Obligación del arrendador de pagar todos los gastos de inmobiliaria
- Prohibición de aumentar el precio del alquiler con gastos extras
Ampliación de las zonas tensionadas
La ley crea las denominadas zonas tensionadas, es decir, zonas en donde el precio de la vivienda ha subido radicalmente en los últimos años. En estas áreas o zonas tensionadas habrá un límite a la hora de elegir la cuantía de la renta, es decir, el arrendador no podrá cobrar lo que quiera de renta.
El competente para declarar estas “zonas tensionadas” es la Comunidad Autónoma.
Para que una zona sea considerada como “zona tensionada”
- Que el coste medio de la hipoteca o del alquiler más los gastos y suministros básicos supere el 30% de la renta media de los hogares. Ejemplo: renta media del hogar en un barrio es 3.000 euros. La suma del alquiler más los gastos y suministros no podrá superar el 30% de esa renta/ingresos medios 3.000 (esto es, 900 euros).
- Que el precio de compra o alquiler de la vivienda haya aumentado al menos 3 puntos por encima del IPC en los cinco años anteriores a la declaración de área tensionada.
Nueva definición: Grandes tenedores
La nueva ley también realiza una distinción entre grandes y pequeños propietario.
- Grandes tenedores: serán aquellas personas físicas o jurídicas que tengan en propiedad 5 o más viviendas.
- Pequeños propietarios: serán aquellas personas físicas o jurídicas que tengan en propiedad menos de 5 viviendas.
Nuevos límites sobre actualización de la renta. Se elimina el IPC.
El precio de los alquileres tendrá un nuevo límite. Recordemos que según el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, como medida extraordinaria, la actualización de los alquileres está limitada hasta un máximo del 2%.
Este decreto ley, modifica el artículo 46 de la LAU estableciendo una serie de límites en la actualización de la renta: en el 2024, el límite para la actualización de los alquileres será del 3% y en el 2025 se aprobará un nuevo índice de referencia que será más estable e inferior al IPC.
En España es muy común el uso de inmobiliarias para alquilar una vivienda. Con la nueva ley de Vivienda, todo gasto y honorarios de la inmobiliaria al alquilar un inmueble ahora deberá pagarlo siempre el arrendador/propietario.
Anteriormente, estos gastos eran pagados por el inquilino. A partir de la nueva ley, ahora estos gastos deberán ser pagados por el arrendador y no se podrá pactar lo contrario.
Por ejemplo, en España es común que el inquilino pague un mes de fianza y otro mes para la inmobiliaria. Ese mes para la inmobiliaria, a partir de la nueva ley, deberá pagarlo el arrendador. El inquilino seguirá pagando la fianza y cualquier garantía adicional.
Asimismo, todo gasto relacionado con la formalización de contrato deberá ser pagado por el arrendador. Por ejemplo, gastos derivados de inscripción en registros o elevación a público ante notario.
Al margen de los supuestos permitidos (2% en el 2023, 3% en 2024, y nuevo índice en 2025), el Arrendador no podrá aumentar el alquiler alegando que hay nuevos gastos extras o que los existentes hayan aumentado (por ejemplo, aumenta el impuesto o tasa por recogida de basura o comunidad de propietario).